¿Qué es el juzgado de paz?
El juzgado de paz es el órgano de la Administración de justicia que se encuentra en todos aquellos municipios donde no existe un juzgado de 1ª instancia e instrucción. Es decir, el ciudadano va a encontrar un Juzgado de Paz en aquellos municipios en los que no existe un edificio al que todos conocemos como “Palacio de Justicia”, que suele estar ubicado en lugares con una superficie territorial muy amplia, como puede ser la provincia. Así, dentro de nuestra Comunidad Autónoma existen Palacios de Justicia en Toledo, Cuenca, Guadalajara, Ciudad Real y Albacete.
El Juzgado de Paz presta al ciudadano el servicio más sencillo dentro de la compleja Administración de Justicia.
El juez de Paz
Dentro de los juzgados de Paz, la persona que representa la Administración de justicia es el Juez de Paz. Normalmente será un vecino suyo, un conocido del pueblo, incluso usted mismo puede serlo si así lo desea y cumple los requisitos que la ley exige.
Actualmente en nuestro municipio este cargo lo ostenta la Sra. María Elena Rey García
La Juez de Paz tiene las siguientes funciones:
- Deberá tramitar, celebrar y dictar sentencias en juicios de faltas por hechos de pequeña gravedad (insultos, vejaciones, coacciones) que hayan ocurrido en su pueblo.
- Lo mismo, si se reclaman cantidades menores de 90 euros.
También debe atender el Registro Civil, lo que hará que celebre bodas, inscriba nacimientos, y otros hechos de esta materia
La oficina Judicial del Juzgado de Paz
Al frente de estos funcionarios se encuentra el Secretario Judicial, que es el profesional al que el ciudadano puede acudir para solicitar información, tanto de los asuntos de ese órgano judicial, como de otros que se lleven en Juzgados de 1 a Instancia, Instrucción, Penal, Social, etc. El Secretario siempre le atenderá o le indicará a dónde debe acudir en su caso concreto.
Servicios
- Registro Civil: Cualquier cuestión relativa al Registro Civil es atendida en el Juzgado de Paz para los vecinos empadronados en el municipio. Unas veces se resolverán directamente (inscripciones de nacimiento de hijos matrimoniales), otras se remitirán al Encargado del Registro que deba resolver, pero tanto unas como otras son atendidas en el Registro Civil del Juzgado.
Puedes solicitar:
- Expedientes de matrimonio civil.
- Inscripciones de nacimiento de los hijos habidos en el matrimonio.
- Inscripciones de matrimonio celebrado en el municipio donde tiene la sede el Registro Civil (Iglesia o Ayuntamiento).
- Inscripciones de defunciones ocurridas en el municipio donde tiene la sede el Registro Civil.
- Expedición de certificaciones en extracto y literales de nacimientos, matrimonios y/o defunciones, bien estén inscritas en este Juzgado o en otro. En este caso se solicitan de unos Registros Civiles a otros.
- Inscripciones de Capitulaciones Matrimoniales.
- Solicitudes de traslado de nacimiento o de matrimonio. Fe de Vida y Estado.
- Cambios de nombre y apellidos.
- Iniciación de expedientes de nacionalidad
Trámites que puedes realizar en:
- Materia Civil. En cuanto a las demandas civiles, solamente se pueden atender aquellas que se refieren a reclamaciones de cantidad no superior a 900 €.
- Materia Penal. En denuncias penales, el ciudadano puede acudir para poner una denuncia sobre cualquier hecho, como también puede hacerlo en cualquiera de las Comisarías de Policía. Lo único que, en estos Juzgados de Paz, solamente se celebran los juicios menos graves, por hechos como insultos, coacciones, y algunos tipos de amenazas.
- Cooperación judicial con otros Juzgados. Por último, el/la ciudadano/a, puede ser citado por su Juzgado de Paz para realizar algún acto de comunicación o alguna diligencia que haya solicitado otro Juzgado. Estas diligencias son muy importantes para que el juicio se agilice, por lo que, siempre que no se pueda acudir, debe comunicarlo a su Juzgado de Paz.
Horario
De lunes a viernes de 10:00h a 14:00h
Plaza de España, s/n (Junto al Ayuntamiento)
Teléfono: 925 270 340